POLITICA PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
I. LINEAMIENTOS GENERALES Y OBJETIVOS
La política para la integración social de las personas con discapacidad se enmarca en los objetivos de la acción social del gobierno, la que a su vez ha incorporado los consensos internacionales expresados en convenciones suscritas por el Estado de Chile.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU), a través de sus diversos organismos especializados, especialmente de la Organización Mundial de la Salud (OMS), relevó el enfoque intersectorial y multidisciplinario para abordar el tema de la integración social de las personas con discapacidad, marcando especial énfasis en la necesidad de incorporar a este grupo de la población al desarrollo económico y social de los países. Del mismo modo, establece y recomienda un marco conceptual básico para abordar el problema.
En ese marco de referencia se define la discapacidad como toda restricción o ausencia, debido a una deficiencia, de la capacidad de realizar una actividad en la forma y dentro del margen considerado normal para un ser humano. De esta idea matriz se desprende que la deficiencia es la pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica de la persona; deficiencia que se puede traducir en una situación de desventaja para un individuo determinado en función de su edad, sexo y de los factores sociales y culturales concurrentes. Este último aspecto representa el concepto de minusvalía de las personas con discapacidad en relación a su medio social.
Lo expuesto significa que la discapacidad deja de ser abordada sólo desde un punto de vista asistencial y humanitario o como un tema exclusivo del sector salud y educación, para ser considerada como un problema social de carácter global, que puede afectar a todas las personas por igual, sin distinción de sexo, edad o condición socioeconómica. De este modo, constituye un foco de preocupación que requiere de intervenciones integrales, en diferentes aspectos tales como prevención, rehabilitación y equiparación de oportunidades.
En este sentido, el área de intervención de la política destinada a la prevención se presenta como esencial para reducir la incidencia de la discapacidad e incorporar elementos para ir modificando las actitudes de la sociedad frente a este hecho social. Asimismo, la formulación de intervenciones destinadas a la rehabilitación y a la equiparación de oportunidades, se sustentan en la necesidad de ofrecer a las personas que se encuentran afectadas por alguna deficiencia o discapacidad, oportunidades para su recuperación y reinserción social, educativa y laboral.
Finalmente, es indispensable que esta política considere y garantice la participación de las personas con discapacidad, en la forma más plena y activa posible, en la vida social y en el desarrollo de la sociedad, con la finalidad de hacer efectivos sus derechos y deberes frente a la seguridad económica, a un nivel de vida acorde al desarrollo socioeconómico del país y a la defensa contra toda explotación o trato discriminatorio, abusivo o degradante. E objetivo general de esta política es entonces incorporar en las decisiones públicas iniciativas que se orienten a un cambio cultural que permita eliminar el estigma social asociado a la discapacidad, con la finalidad de abrir espacios para la incorporación y efectiva participación social de este grupo de la población.
II. LÍNEAS DE ACCIÓN
ACCIONES ORIENTADAS A LA EQUIPARACION DE OPORTUNIDADES
Se otorgará prioridad a las acciones de información para la integración de las personas con discapacidad, como responsabilidad del Estado y la sociedad en su conjunto
Con este propósito, el Estado promoverá acciones y estrategias, favoreciendo la asignación de recursos que permitan una óptima información, sobre los derechos reconocidos y las oportunidades dispuestas para este grupo de la población, para promover una imagen positiva, integral e integradora de las personas con discapacidad.
Se promoverá un sistema educacional que permita y fomente la incorporación de la población con discapacidad
El Estado, a través de sus organismos competentes, promoverá acciones orientadas a asegurar el acceso a la educación regular, en todos sus niveles, de las personas con discapacidad. Asimismo, considerará la existencia y funcionamiento de un sistema de educación especial, para aquel grupo de la población con discapacidad con necesidades educativas especiales que no pueden ser satisfechas por el sistema regular de educación.
Se incentivará el acceso a la cultura y participación en todas sus manifestaciones
El gobierno velará porque las personas con discapacidad se integren y participen en las actividades culturales, en las mismas condiciones que la población sin discapacidad. En este sentido, los poderes públicos y los organismos privados deberán promover acciones que ofrezcan la oportunidad, a las personas con discapacidad, de utilizar su potencial de creación artística e intelectual, para su propio beneficio y de la comunidad.
Se promoverán acciones tendientes a facilitar el acceso y la participación en actividades deportivas y recreativas
Se fortalecerán e incentivarán iniciativas encaminadas a asegurar que las personas con discapacidad disfruten de una real igualdad de oportunidades en la práctica de deportes y de actividades recreativas. Especial importancia se dará a la eliminación de todas las barreras arquitectónicas y culturales que dificulten el acceso de las personas con discapacidad a las manifestaciones de la recreación y el deporte.
El Estado promoverá la capacitación del personal, público y privado, para mejorar la atención de las personas con discapacidad
Para el efecto, el Estado, a través de los organismos pertinentes, promoverá cursos de capacitación sobre materias relativas a la discapacidad, a los cuales tendrán acceso todos los trabajadores, sin excepción, que les informe y capacite respecto al tema. Especial preocupación se prestará a la formación ética y moral de los participantes.
ACCIONES DE PREVENCION Y REHABILITACION
Se otorgará prioridad a las acciones de prevención de las deficiencias y discapacidades
Con este propósito, se establecerán estrategias y se asignarán recursos para impedir la aparición de deficiencias, discapacidades y minusvalías y/o a evitar que se agraven o produzcan consecuencias físicas, psicológicas o sociales negativas, una vez que éstas se han producido. La prevención será integral y basada en intervenciones múltiples y simultáneas, considerando las dimensiones biológica, psicológica, social y ambiental que configuran la etiología de la discapacidad
.
Se impulsarán acciones que aseguren el acceso de las personas con discapacidad a los procesos de rehabilitación integral
El Estado promoverá acciones y estrategias destinadas a asegurar el acceso a los servicios de rehabilitación integral de las personas con discapacidad, de modo que ellas logren alcanzar y puedan conservar el nivel de autonomía más alto posible. La rehabilitación integral deberá abarcar todo el registro de las potencialidades físicas y espirituales del individuo, estimulando el desarrollo de las competencias y habilidades de la persona en el área funcional, sensorial, psíquica, intelectual y otras.
El Estado velará por el establecimiento y la prestación de servicios de apoyo a las personas con discapacidad
Las acciones en este ámbito contemplan el suministro de ayudas técnicas, es decir, prótesis, órtesis, sillas de ruedas y todo otro dispositivo destinado a compensar una deficiencia o a corregir una insuficiencia funcional o sensorial. De igual manera, promoverá acciones que motiven al sector privado para asumir un rol activo en el proceso de rehabilitación de las personas con discapacidad.
ACCIONES PARA LA ELIMINACION DE BARRERAS
El Estado velará por la eliminación de todo tipo de barreras materiales, administrativas e institucionales que impiden la plena integración de las personas con discapacidad
Esta política está orientada a la eliminación de todas las barreras materiales, administrativas e institucionales que dificulten el acceso de las personas con discapacidad a la educación, al trabajo y a la participación en organizaciones sociales, como también al uso del espacio físico, la información, las comunicaciones, la cultura y recreación y al desarrollo de actividades propias de la vida común.
ACCIONES PARA LA ADECUACION DE LA GESTION DEL ESTADO
Se relevará la inserción laboral como una forma de cumplir con el proceso de rehabilitación de las personas con discapacidad
Complementariamente a las disposiciones legislativas y reglamentarias del sector laboral, el Estado determinará reglamentos y disposiciones de excepción, así como estrategias y acciones específicas, que permitan incorporar a las personas con discapacidad al mercado regular del trabajo. Además, en el caso de las personas con discapacidad, cuyas necesidades laborales no puedan ser satisfechas por la demanda regular de trabajo, se promoverá la creación de puestos de trabajo protegidos dentro de las empresas del mercado abierto.
Se promoverá el acceso a la seguridad social de las personas con discapacidad
El Estado impulsará acciones destinadas a velar porque las personas con discapacidad accedan a prestaciones de seguridad social. Se deberá considerar como parte de estas estrategias al sistema de subsidios asistenciales, especialmente la pensión asistencial.
Se fortalecerá la vida familiar e integridad psicosocial de las personas con discapacidad.
El Estado promoverá, a través de los organismos pertinentes, la más amplia participación de las personas con discapacidad en la vida familiar, contribuyendo activamente al respeto irrestricto de la integridad física, psicológica y moral de las personas con discapacidad. Ello deberá expresarse en una acción permanente que vele por evitar situaciones de discriminación de las personas con discapacidad en lo referente a sexualidad, vida de pareja, matrimonio y procreación.
Se impulsará la participación de las personas con discapacidad y de sus familias en movimientos asociativos
El Estado establecerá las acciones para que, dentro de los límites de lo posible, en todos los niveles directivos, normativos y ejecutores de acciones destinadas a las personas con discapacidad, participen activamente las mismas o quienes las representen, en el caso de que no puedan hacerlo por sí mismas o por las organizaciones que las agrupan, según corresponda, a fin de intervenir en la organización, planificación, implementación de políticas, normas y servicios que las involucren.
Se impulsará la investigación en relación a la discapacidad
Se promoverán y fortalecerán iniciativas públicas y privadas en el ámbito de la investigación científica y tecnológica y de estudios estadísticos, tendiente a la detección de indicadores y elaboración de diagnósticos poblacionales que permitan formular, orientar o reorientar planes, programas, proyectos y acciones en materia de la discapacidad. El Estado asumirá la responsabilidad, en última instancia, de la recolección, análisis y difusión de la información sobre la presencia, naturaleza y el impacto de la discapacidad en la vida de las personas afectadas y sus familias, así como en otras esferas de la sociedad.
Se impulsará la capacitación del personal público y privado que se relaciona con las personas con discapacidad
El Estado establecerá las acciones tendientes a capacitar a las personas que trabajen en el área de la discapacidad, con el fin de que éstas se especialicen en este ámbito y puedan desempeñarse con mayor eficiencia. Especial atención se otorgará a cuestiones relativas a la formación ética y moral de quienes se desempeñen en este campo.
FONDO NACIONAL DE LA DISCAPACIDAD (FONADIS)
Un importante instrumento para la operacionalización y sustentabilidad de esta política lo constituye el Fondo Nacional de la Discapacidad (FONADIS), organismo público, creado el año 1994 en virtud de la Ley 19.284 sobre Integración Social de las Personas con Discapacidad , que tiene por objetivo:
- Financiar, total o parcialmente, la adquisición por parte de terceros de ayudas técnicas destinadas a personas con discapacidad de escasos recursos o a personas jurídicas sin fines de lucro que las atiendan.
- Financiar, total o parcialmente planes, programas y proyectos en favor de las personas con discapacidad, que sean ejecutados por terceros y que de preferencia se orienten a la prevención, diagnóstico, rehabilitación e integración social de dichas personas.
Corresponde al FONADIS, en el marco de esta política, colaborar activamente en materias relacionadas con la difusión, sensibilización y comunicación respecto al tema de discapacidad a nivel nacional, regional y local. Para tal efecto, desarrollará eventos que sensibilicen a la comunidad respecto a la problemática social referida a la discapacidad.
El financiamiento de planes, programas y proyectos, o de ayudas técnicas dirigidas a la discapacidad, debe propender a una desconcentración progresiva hacia el nivel regional, con participación activa del sector público y del sector privado, tanto lucrativo como no lucrativo.
En la línea anterior, la supervisión territorial de proyectos en áreas geográficas específicas deberá ser asumida regionalmente, según la modalidad que determine FONADIS.
Con base en el presente marco, FONADIS promoverá, facilitará y apoyará la ejecución de las acciones previstas en el Plan Nacional y los Planes Regionales para la Integración Social de las Personas con Discapacidad, en los cuales los objetivos a alcanzar deberán ser definidos por un Comité Local de Representación Mixta.